K58 · Estudio empírico
INNOFACT AG, Düsseldorf · tablas de 16.04.2026
Mide la atribución de roles en cuatro grupos de 1.000: el aviso legal no modifica de forma significativa la atribución correcta.
Pilar VI · 2.ª ampliación de la demanda de 27.04.2026 (B33) · § 826 BGB · § 256 Abs. 2 ZPO
Quien, en el cuerpo principal, se escenifica como «coach financiero» („Finanzcoach“) del lado del cliente mientras, conforme al § 86 Abs. 1 HGB – y, de forma expresa, también conforme a su contrato –, debe salvaguardar los intereses de la sociedad, genera una contradicción estructural de roles. Deslice el regulador.
Lo que regula el contrato K53.4, apdo. III.3, p. 2–3
«El asesor patrimonial está obligado a salvaguardar los intereses de la sociedad, tal como le impone, en particular, el § 86 Abs. 1 HGB.»
Prohibición de competencia apdo. VII.2, p. 8 · cartera de productos predeterminada apdo. II.2, p. 2 · retrocesión de comisiones apdo. V.4, p. 5
Lo que ve el cliente K7K7.2K54
Tu coach financiero.
100 % para ti.
«Soy tu coach en todas las cuestiones financieras» („Ich bin dein Coach in allen Finanzfragen“) · compañero de entrenamiento · en la misma línea que el médico y el asesor fiscal K7.1, p. 19K53.5
Con el concepto operativo EVIL, nuestra demanda describe cómo una comunicación de «coach» y de socio, formada de manera centralizada, encubre la vinculación legal y contractual de la red de distribución (§ 34d Abs. 7 GewO, § 86 HGB). La confianza así construida reduce la vigilancia crítica del cliente – según nuestra argumentación probatoria, la condición bajo la cual fueron posibles los hechos de los pilares I a V B33, p. 18–19, 151.
Encuestados · INNOFACT
Cuatro grupos de 1.000. Con el aviso legal mostrado, solo el 21,2 % atribuye la empresa principalmente a una aseguradora. K58.2, p. 14
Efecto del aviso legal
Sin aviso legal, 20,4 %; con aviso legal, 21,2 % – el volumen de tablas no lo señala como significativo. K58.2, p. 14
Dictámenes periciales
Psicología económica, psicología del mercado y del consumo, diseño de comunicación, semántica de marcos, lingüística del discurso. K59–K63
hasta la declaración B21
Desde la recepción de la ampliación de la demanda (27.04.2026) hasta el escrito de alegaciones sin réplica de fondo al estudio y a los dictámenes. B21
El mecanismo documentado · anexos K1.34, K7, K53–K55, B19
Cuatro elementos de nuestro modelo explicativo analítico – no elementos típicos legales. Su relevancia para los presupuestos de la responsabilidad del § 826 BGB (conducta contraria a las buenas costumbres, daño, relación de causalidad, dolo de causar daño) la mostramos a partir de las acciones, los daños y los indicios de dolo concretos.
E · Erwerbsgerichtete (orientado al lucro)
La comunicación de roles se inscribe en un sistema de incentivos basado en comisiones y en la responsabilidad por anulación.
V · Vertrauens- (confianza)
Quien sabe que tiene enfrente a un agente vinculado examina con prudencia comercial. Quien presume que un «coach financiero» („Finanzcoach“) vela por sus intereses reduce su vigilancia crítica.
I · inducido
Según nuestra alegación, la presentación como «coach» no se basa en la conducta de intermediarios aislados, sino en patrones de comunicación inculcados mediante formación.
L · Lagertäuschung (engaño sobre el bando)
La jurisprudencia sitúa al corredor de seguros en el bando del cliente y al agente de seguros en el bando de la aseguradora (BGH, III ZR 124/13, nm. 13 s.). Conforme al § 59 Abs. 3 Satz 2 VVG, se considera también corredor a quien, frente al tomador del seguro, crea la apariencia de prestar servicios de corredor.
Lo que se promete hacia fuera – y a qué vincula el contrato.
Bando del cliente
Corredor de segurosGestor fiduciario del cliente BGHZ 94, 356Bando del proveedor del producto
Agente vinculadoSalvaguarda de los intereses del empresario § 86 Abs. 1 HGBPresentación externa: «coach financiero» („Finanzcoach“), «100 % para ti» („100 % für dich“), «de tu lado» („auf deiner Seite“) K53K7.1
Contrato: § 86 Abs. 1 HGB, prohibición de competencia en exclusiva, retrocesión de comisiones por anulación K53.4
§ 59 Abs. 3 Satz 2 VVG: se considera corredor a quien, frente al tomador del seguro, crea la apariencia de prestar servicios de corredor.
Investigación empírica sobre la percepción de roles · anexo K58.2, p. 14
Las demandadas alegan que de la firma de correo electrónico y del aviso legal (Impressum) de la página web se desprende su condición de intermediario vinculado conforme al § 34d Abs. 7 GewO; ellas mismas califican la firma de «más allá de lo obligatorio» B19, p. 7–8.
Sostenemos lo contrario: una indicación obligatoria situada en segundo plano no corrige, en la comprensión real del público, la expectativa de rol generada por el cuerpo principal – en sentido figurado, un «dispositivo de desactivación psicotécnico» (analogía nuestra, no una equiparación con los casos del diésel): la indicación obligatoria existe formalmente, pero la comunicación principal actúa en otra dirección.
Representación esquemática de la jerarquía visual – no es una medición de superficies.
Análisis de diseño K61 · eslóganes K7K7.2 · indicación de estatus K1.8
Cada punto es una persona encuestada. Elija lo que se mostró al grupo.
21,2 % con el aviso legal mostrado activamente: +0,8 puntos, no señalado como significativo. 78,8 % no eligen la atribución a la aseguradora – 46,1 % del lado del cliente o neutral, 32,7 % «No puedo valorarlo».
| Mostrado | Aseguradora | Interés del cliente | neutral | no puedo valorarlo |
|---|---|---|---|---|
| Mónada 3 · Solo nombre de la empresa | 25,5 % | 17,0 % | 21,8 % | 35,7 % |
| Mónada 4 · Página de inicio | 22,4 % | 19,8 % | 21,1 % | 36,7 % |
| Mónada 1 · Página de la empresa | 20,4 % | 18,1 % | 25,8 % | 35,7 % |
| Mónada 2 · + aviso legal | 21,2 % | 20,7 % | 25,4 % | 32,7 % |
Investigaciones interdisciplinares · B33, pp. 82–89, 145
Además de la encuesta de INNOFACT, nuestra segunda ampliación de la demanda aporta cinco dictámenes periciales de parte procedentes de la psicología, el diseño de comunicación y la lingüística. Cada uno aborda con metodología propia el mismo mecanismo – con distinto alcance, que señalamos abiertamente.
K58 · Estudio empírico
INNOFACT AG, Düsseldorf · tablas de 16.04.2026
Mide la atribución de roles en cuatro grupos de 1.000: el aviso legal no modifica de forma significativa la atribución correcta.
K59 · Psicología económica
Prof. Dr. Mandy Nuszbaum, Münster (FOM según B33) · 15.04.2026
Análisis de la recepción: la presentación como «coach» activa el esquema de un asesor fiduciario.
K60 · Psicología del mercado y del consumo
Prof. Dr. Georg Felser, Hochschule Harz · 19.04.2026
Análisis de materiales internos: mecanismos de inducción de confianza y de la disposición al examen crítico.
K61 · Diseño de comunicación
Dipl.-Des. Thomas Drebusch, Soest · 20.04.2026
Jerarquía visual del cuerpo principal y de la indicación obligatoria; el dictamen deja abierto si el aviso legal corrige la impresión.
K62 · Semántica de marcos
Prof. Dr. Alexander Ziem, HHU Düsseldorf · 24.04.2026
«Coach financiero» („Finanzcoach“) y «100 % para ti» („100 % für dich“) activan marcos de conocimiento propios de un apoyo del lado del cliente.
K63 · Lingüística del discurso
Prof. Dr. Kersten Sven Roth, OvGU Magdeburg · 25.04.2026
Clasifica el texto publicitario principal y el aviso legal como una arquitectura de géneros textuales posiblemente contradictoria.
Contraposición · anexo K53.4 · § 34d Abs. 7 GewO
| Punto de examen | Lo que ve el cliente | Lo que regulan el contrato y la ley |
|---|---|---|
| Rol | «Coach financiero» („Finanzcoach“), «100 % para ti» („100 % für dich“), como el médico y el asesor fiscal K7K7.1, p. 19K53.5 | Agente comercial (§§ 84, 86 HGB) e intermediario vinculado conforme al § 34d Abs. 7 GewO K53.4K1.8 |
| Intereses | En nuestra opinión: asesoramiento prioritariamente en interés del cliente – punto de conexión: § 59 Abs. 3 Satz 2 VVG | Obligación de salvaguardar los intereses de la sociedad (§ 86 Abs. 1 HGB, de carácter imperativo) K53.4, apdo. III.3 |
| Selección | Solución individual adecuada, sin una restricción destacada de proveedores K53.2 | Cartera de productos predeterminada, prohibición de competencia K53.4, apdo. II.2, VII.2; «exclusivamente productos de seguro del Grupo Generali» B19, p. 7 |
| Conflicto | Al firmar y en las pólizas, el cliente confía en una convergencia de intereses K13.1K2 | Retrocesión de comisiones en caso de resolución anticipada del contrato K53.4, apdo. V.4, p. 5 |
¿Quién está de qué lado?
Toque una luz. El rojo y el verde son los dos bandos que conoce el Derecho. El ámbar es la apariencia intermedia: ahí interviene nuestra demanda.
Bando de la aseguradora
Intermedia para una sola aseguradora y, conforme al § 86 Abs. 1 HGB, debe salvaguardar sus intereses (§ 59 Abs. 2 VVG, § 34d Abs. 7 GewO). La jurisprudencia lo sitúa en el bando de la aseguradora (BGH III ZR 124/13, nm. 13 s.). Así sitúa el contrato al asesor patrimonial de la DVAG K53.4, apdo. III.3B19, p. 7.
La apariencia
Se presenta como un asesor del lado del cliente – «Tu coach financiero. 100 % para ti.» („Dein Finanzcoach. 100 % für dich.“) K7K7.2 –, pero está vinculado por contrato. Es la zona que describimos con EVIL. La ley tiene una respuesta: se considera corredor a quien crea ante el tomador la apariencia de prestar servicios de corredor (§ 59 Abs. 3 Satz 2 VVG). Si ello se aplica aquí es objeto de nuestra demanda B33.
Bando del cliente
El corredor es el mandatario del cliente (§ 59 Abs. 3 Satz 1 VVG; BGH III ZR 124/13); también nuestra demanda lo sitúa en el bando del cliente B33, p. 68. El asesor de seguros asesora a cambio de honorarios, sin cobrar de una aseguradora (§ 59 Abs. 4 VVG, § 34d Abs. 2 GewO).
Encrucijada procesal · §§ 256 Abs. 2, 348, 348a, 543 ZPO
§ 256 Abs. 2 ZPO Demanda, p. 3, pretensión 7B33, p. 7–9
Conforme al § 256 Abs. 2 ZPO, hasta el cierre de la vista oral puede solicitarse que se declare mediante resolución judicial una relación jurídica que haya devenido controvertida en el curso del proceso y de la que dependa, total o parcialmente, la decisión. Con nuestras peticiones de declaración incidental pedimos el esclarecimiento vinculante de la relación jurídica controvertida – también con vistas a pretensiones adicionales derivadas del § 826 BGB y a la indemnización residual conforme al § 852 BGB (restitución de lo obtenido incluso después de la prescripción).
§ 348 ZPO · § 348a ZPO B10B33B04B16
En caso de especiales dificultades o de importancia fundamental, la ley prevé la remisión a la sala de lo civil – para el juez unipersonal originario, conforme al § 348 Abs. 3; para el juez unipersonal por atribución, conforme al § 348a Abs. 2 ZPO. Con las ampliaciones de la demanda de 23.03. y 27.04.2026 hemos aportado la encuesta de INNOFACT, los dictámenes periciales, pruebas de las vinculaciones societarias y cuestiones de principio; desde el 29.04.2026 dicta providencias otro juez unipersonal. Mediante escrito de 20.10.2026 hemos solicitado que se revele la base de la asignación. Sobre una remisión decide el tribunal. Los siete puntos de examen
§ 543 Abs. 2 ZPO B33, p. 143–146
Nuestra ampliación de la demanda expone por qué la cuestión trasciende el caso concreto: ¿fundamenta una comunicación sistemática de «coach», pese a la indicación formal conforme al § 34d Abs. 7 GewO, una responsabilidad conforme al § 826 BGB y la apariencia jurídica conforme al § 59 Abs. 3 Satz 2 VVG? En las instancias posteriores, ello puede sustentar la admisión del recurso de casación.
Desde la recepción de nuestra segunda ampliación de la demanda el 27.04.2026 hasta la declaración de 09.09.2026.
«Las demandadas se reservan formular ulteriores alegaciones de fondo.»
B21, S. 1
El tribunal fijó el plazo para formular alegaciones el 03.07.2026 B02; a solicitud de las demandadas de 05.08.2026, se prorrogó en 35 días B20B08. La declaración de 09.09.2026 confirma la recepción el 27.04.2026 y anuncia la petición de desestimación de la demanda – no contiene réplica de fondo alguna a la encuesta de INNOFACT, a los dictámenes periciales ni al contrato K53.4 B21, p. 1.
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